Sentencia a Contador...Dos años de sanción.
AS.COM | 06/02/2012
El Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAS), con sede
en la ciudad suiza de Lausana, ha decidido
sancionar a Alberto Contador con dos años de
suspensión por su positivo por clembuterol en una
etapa del Tour de Francia 2010 y no podrá volver a
competir hasta el 6 de agosto de este año. El
español, según el TAS, no ha podido demostrar que
su positivo obedezca a la ingestión de una carne
contaminada, como argumentó desde el primer día la
defensa.
El ciclista español pierde su triunfo en la ronda
gala de esa edición y en el Giro de 2011 y no
podrá correr en la de 2012, pero sí a partir del 6
de agosto, por lo que podrá participar en la
Vuelta a España. Sin embargo, Contador tampoco
podrá estar en los Juegos Olímpicos de Londres.
Según la resolución del TAS, Alberto Contador
queda suspendido durante dos años con efecto
retroactivo del 25 de enero del 2011, a lo que hay
que restar el periodo de suspensión provisional
que ya ha cumplido entre 2010 y 2011. Esto quiere
decir que la suspensión vencerá el próximo 5 de
agosto y que el corredor madrileño podría volver a
competir al día siguiente.
Contador puede recurrir ante los tribunales
ordinarios suizos, pero el TAS representa la
última instancia deportiva y ahí ha agotado sus
apelaciones.
La resolución del TAS se produce 565 después del
positivo. La acusación (UCI y AMA) había
solicitado para Contador el máximo castigo, dos
años de suspensión y la anulación de todos sus
resultados desde la fecha en la que dio positivo
(21 de julio de 2010). Los abogados de Contador
pedían su absolución.
El TAS tiene previsto pronunciarse en una fecha
aún por determinar, en un procedimiento paralelo,
sobre la demanda interpuesta por la Unión Ciclista
Internacional (UCI) de imponer una multa a Alberto
Contador de al menos 2.485.000 euros, lo que
supone un 70% de su sueldo.
El Tribunal ha dado validez a la tesis de la UCI y
la Agencia Mundial Antidopaje (AMA) de que lo más
razonable es que el positivo del ciclista español
fuera causado por una transfusión sanguínea o por
el consumo de un suplemento nutritivo contaminado.
Sin embargo, el TAS concluyó que contrariamente a
otros países, España no es conocida por tener un
problema de contaminación por clembuterol de la
carne de vacuno. Por otra parte, y según el TAS,
no existe ningún otro caso de deportista que haya
ido a un control antidopaje con resultado positivo
por clembuterol que fuera causado por el consumo
de carne de vacuno española.
FUENTE:
http://www.as.com/ciclismo/articulo/tas-castiga-
contador-anos-sancion
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