Número: 368899
Que podemos hacer contra la resolución 45?

Empecé a estudiar un poco sobre esta resolución, y recién encontré un articulo del diario la nación en donde un abogado de una empresa naval dice que no tiene sustento legal esta resolución porque no ha sido publicada en el Boletín Oficial (falta de publicación) además explica como aumentan las tarifas aduaneras y que terminaron siendo unicas en el mundo (http://www.lanacion.com.ar/nota.asp?nota_id=217017) (problema que empezó en 1999)
Hasta ahora saco en limpio esto:
Art. 6º - Incorpóranse en el Anexo I Resolución Nº 61 de fecha 4 de marzo de 2009 del ex
MINISTERIO DE PRODUCCION y sus modificatorias las mercaderías comprendidas en las
posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (N.C.M.) que a continuación
se detallan:
(17) Unicamente coronas; piñones para cadenas y juegos de corona y piñón o corona,
piñón y cadena, presentados en un envase común.
(19) Unicamente cuadros de bicicletas construidos esencialmente en acero, excepto los
construidos con horquilla y suspensión.
(20) Unicamente horquillas de bicicletas construidas esencialmente en acero.
(21) Unicamente partes de bicicletas.
(22) Unicamente las llantas de bicicleta construidas esencialmente en acero.
(23) Unicamente los siguientes accesorios: a) Pie de apoyo y b) Portapaquetes y
canastos de los tipos utilizados en bicicletas.
(24) Unicamente partes de ruedas de bicicleta macizas y de los tipos de las utilizadas
como estabilizadoras.
(25) Unicamente manillar, caño para sillín, cubrecadenas y guardabarros.